El subsidio por enfermedad común de la CSS se paga a partir del cuarto día de incapacidad, mientras esta perdure, hasta 26 semanas por la misma enfermedad (ampliable hasta un año en casos médicamente justificados). Solo aplica después de agotar el fondo de incapacidad (15 días para servidores públicos; hasta 18 días por año en el sector privado, acumulables hasta 36). Presentas el certificado de incapacidad original, el formulario que llena tu empleador y tu cédula en la agencia administrativa más cercana. Si el certificado es de una clínica privada, primero debes homologarlo en la Dirección Médica de la policlínica.
En esta guía
Cómo funciona la incapacidad en la CSS
- Fondo de incapacidad (empleador): los primeros días de incapacidad se cubren con un fondo: 15 días para servidores públicos y hasta 18 días por año en el sector privado, que se acumulan hasta 36 días.
- Subsidio de la CSS: cuando agotas ese fondo, la CSS paga el subsidio por enfermedad común a partir del cuarto día de incapacidad mientras esta perdure.
- Duración: hasta 26 semanas por una misma enfermedad; puede ampliarse hasta un año con justificación médica.
La página oficial no especifica el porcentaje del salario que cubre el subsidio ni quién lo paga en cada tramo; consulta a tu empleador y a la CSS.
Documentos para tramitar el pago
| Documento | Detalle |
|---|---|
| Certificado de incapacidad original | Expedido por el médico |
| Copia del certificado de incapacidad anterior | Si hay incapacidades previas |
| Formulario de pago de enfermedad y/o riesgos profesionales | Lo llena el empleador (PDF oficial) |
| Resuelto del Ministerio o carta de exclusión de planilla | De la institución o empresa donde laboras |
| Cédula | Original y copia |
| Carta de horario | Si trabajas con dos o más patronos |
| Carta de desglose de salario | Si es necesaria |
Paso a paso
- Obtén tu certificado de incapacidadSi te atiende la CSS, lo emite el médico tratante. Si fue una clínica particular, ve al paso 2.
- Homologa el certificado (si es de clínica privada)Acude a la Dirección Médica de la policlínica más cercana a tu trabajo o residencia: consiste en trasladar el certificado al formato oficial de la CSS. Lleva el original, cédula y resumen clínico en sobre cerrado.
- Pide a tu empleador el formularioDebe llenarlo con tus datos y el período de incapacidad.
- Reúne los documentosSegún la tabla anterior.
- Preséntalos en la agencia administrativaLa más cercana a tu residencia.
- No dejes pasar el plazoLa reclamación prescribe al año, contado desde el día en que se produjo la enfermedad.
Homologación de certificados de incapacidad
Según la CSS, para homologar un certificado de incapacidad debes presentar:
- El original del certificado de incapacidad.
- Cédula, carné, pasaporte u otro documento que acredite tu condición de asegurado.
- Resumen clínico en sobre cerrado.
- Formulario N.º 1 “Verificación de Documentos”, completado con el cotejo de los documentos.
La página no indica plazos ni un trámite virtual para incapacidad (el virtual existe para certificados de embarazo; mira subsidio de maternidad).
Período de gracia: seguir con atención médica si pierdes el empleo
La CSS reconoce un período de gracia en el derecho de atención por enfermedad: si cumples el requisito de 240 cuotas, presentas cesantía laboral o estás en el Régimen de Seguro Voluntario, tienes derecho a atención por enfermedad por hasta 24 meses. Debes presentar cédula, un documento que acredite tu salida del empleo (carta de cesantía, renuncia, liquidación, licencia sin sueldo, etc.) o, si eres voluntario, una nota de suspensión de pago dirigida a la Dirección Nacional de Ingresos, en una agencia administrativa.
Llama al 199 para confirmar en qué agencia presentar los documentos y cuál es la Dirección Médica de tu policlínica. Lleva siempre original y copia.
Preguntas frecuentes sobre incapacidad en la CSS
¿Desde qué día paga la CSS la incapacidad?
A partir del cuarto día de incapacidad, mientras esta perdure, cuando agotaste el fondo de incapacidad.
¿Cuánto dura el subsidio por enfermedad?
Hasta 26 semanas por la misma enfermedad; puede ampliarse hasta un año en casos médicamente justificados.
¿Qué es el fondo de incapacidad?
15 días para servidores públicos y hasta 18 días por año en el sector privado, acumulables hasta 36 días.
¿Mi certificado de clínica privada sirve?
Debe homologarse en la Dirección Médica de la policlínica más cercana, para trasladarlo al formato de la CSS.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
La reclamación prescribe al año, desde el día en que se produjo la enfermedad.
¿Dónde presento los documentos?
En la agencia administrativa más cercana a tu residencia.
¿Y si pierdo el empleo estando enfermo?
El período de gracia permite atención por enfermedad hasta 24 meses si cumples los requisitos.
¿Cuánto paga el subsidio?
La página oficial no publica el porcentaje del salario; consulta a la CSS.
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