Pensión de Sobreviviente CSS: Viudez y Orfandad, Requisitos y Documentos

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La pensión de sobreviviente de la CSS (viudez y orfandad) se origina por el fallecimiento, por causas no profesionales, de un asegurado o pensionado. El asegurado debía tener al menos 36 cuotas, 18 de ellas en los 3 años anteriores al fallecimiento. Pueden ser beneficiarios los hijos hasta 18 años, los hijos inválidos mayores, el viudo(a), el compañero(a) y, solo si no hay los anteriores, la madre o el padre. Se solicita con el formulario de pensiones enviado a solicituddepension@css.gob.pa.

En esta guía
  1. Requisitos y beneficiarios
  2. Documentos según tu caso
  3. Paso a paso
  4. Preguntas frecuentes sobre pensión de sobreviviente
  5. Guías relacionadas

Requisitos y beneficiarios

Aspecto Detalle
Origen Fallecimiento por causas no profesionales de un asegurado o de un pensionado por vejez o invalidez
Cuotas del fallecido Al menos 36 cuotas mensuales; 18 deben estar en los 3 años previos al fallecimiento
Condición adicional Haber reunido las cuotas exigidas para la pensión de retiro por vejez, sin importar la edad
Beneficiarios Hijos hasta 18 años · hijos inválidos mayores de 18 inscritos como dependientes · viudo(a) · compañero(a) · madre o padre solo si no existen viudo(a), compañero(a) ni hijos
Montos y porcentajes La página oficial del trámite no los publica; consulta a la CSS

Documentos según tu caso

Documento Quién lo presenta
Formulario de solicitud completo (sin tachones ni borrones) Todos
Cédula vigente del fallecido y del solicitante Todos
Carné del asegurado (empleados del Estado) o pase provisional del Departamento de Afiliación Según el caso
Certificado de defunción original Todos
Certificado de nacimiento de los hijos Hijos menores, o mayores si son inválidos
Certificado de matrimonio original (máximo 6 meses de expedido) Esposo(a)
Certificados de soltería del fallecido y del solicitante (máximo 6 meses) Compañeros(as) y viudos(as) compañeros(as)
Tres declaraciones extrajuicio de corregiduría, notaría o juzgado (máximo 6 meses) Compañeros(as) y viudos(as) compañeros(as)
Resolución autenticada del Juzgado de Familia que concede tutela o curatela Tutores
Pasaporte, certificado de defunción original y certificado de matrimonio o nacimiento, en español y autenticados (consulado o apostilla) Fallecimiento en el extranjero

Paso a paso

  1. Reúne los documentosSegún tu relación con el fallecido (esposo(a), compañero(a), hijos, padres).
  2. Descarga el formulario“Solicitud de Prestaciones Económicas a Largo Plazo (Formulario para Pensiones)” en la página oficial.
  3. Complétalo y fírmaloEn los espacios indicados, sin tachones.
  4. Envíalo por correoA solicituddepension@css.gob.pa, junto con los documentos requeridos.
  5. Guarda el comprobanteY consulta el estado de tu solicitud en el 199 o en una agencia.
Además de la pensión, revisa el auxilio de funeral

Los familiares de un asegurado, pensionado o jubilado fallecido pueden solicitar el auxilio de funeral de B/. 300.00 si se cumplen los requisitos.

Preguntas frecuentes sobre pensión de sobreviviente

¿Quién tiene derecho a la pensión de viudez?

El viudo(a) o compañero(a) del asegurado o pensionado fallecido, si se cumplen los requisitos de cuotas.

¿Cuántas cuotas debía tener el fallecido?

Al menos 36, de las cuales 18 en los 3 años anteriores a su muerte.

¿Los padres pueden recibirla?

Solo si no existen viudo(a), compañero(a) ni hijos con derecho.

¿Hasta qué edad cobran los hijos?

Hasta los 18 años; los hijos inválidos mayores pueden ser beneficiarios si están inscritos como dependientes en la CSS.

¿Cómo pruebo la unión de hecho?

Con certificados de soltería y tres declaraciones extrajuicio de menos de 6 meses.

¿Dónde se tramita?

La página oficial indica el envío por correo a solicituddepension@css.gob.pa.

¿Qué pasa si la muerte fue por accidente de trabajo?

Corresponde la pensión de sobreviviente por riesgos profesionales, un trámite distinto.

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